REAGRUPACIÓN FAMILIAR
RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR INICIAL
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Es la renovación de la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar que pondrán obtener los familiares reagrupados
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DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
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Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–02) si el reagrupante es titular de una autorización de residencia temporal o modelo (EX11) si el reagrupante es titular de una autorización de larga duración (seleccionar la opción “Titular de autorización de residencia por reagrupación familiar cuando el reagrupante es titular o accede a residencia larga duración o larga duración-UE (art. 58)”) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el reagrupado. Dicho impreso puede obtenerse en https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/modelos-generales
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Copia del pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción en vigor del reagrupante.
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Copia del pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción en vigor del reagrupado.
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En su caso, documentación acreditativa de la vigencia del matrimonio o de la relación análoga a la conyugal.
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Documentación acreditativa de tener garantizada asistencia sanitaria.
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En su caso, informe emitido por las autoridades autonómicas competentes que acredite la escolarización de los menores de edad sujetos a escolarización obligatoria (6-16 años) que estén a su cargo.
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Medios económicos del reagrupante suficientes para atender las necesidades de la familia: como mínimo el 100% del IPREM. Se podrán computar los ingresos provenientes del sistema de asistencia social.
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Documentación para acreditar los medios económicos:
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Si trabaja por cuenta ajena:
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Ultima declaración de la renta presentada.
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Contrato de trabajo
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Seis últimas nóminas previas a la presentación de la solicitud.
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Si trabaja por cuenta propia:
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Ultima declaración de la renta presentada.
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Documentos que acrediten la actividad que desarrolle.
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Modelos 130 o 131 de los últimos seis meses previos a la presentación de la solicitud.
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Documentación acreditativa de disponer de vivienda adecuada.
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Si continúa en el mismo domicilio declarado para la obtención de la autorización inicial, deberá aportar documento que acredite la vigencia del título de ocupación.
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Si existe cambio de domicilio, se deberá adjuntar informe expedido por el órgano competente del Ayuntamiento del lugar de residencia del reagrupante
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LUGAR DE PRESENTACIÓN
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En el siguiente enlace podrá obtener información sobre los lugares de presentación:
Instrucciones de presentación de solicitudes de prórrogas, renovaciones de autorizaciones
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Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.
Para obtener más información sobre la traducción y legalización de los documentos se podrá consultar la hoja informativa: Legalización y traducción de documentos para la tramitación de procedimientos en materia de extranjería e inmigración.
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ENLACE A LA HOJA INFORMATIVA: REQUISITOS, DOCUMENTACIÓN Y PROCEDIMIENTO
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IMPORTANTE: El contenido de esta hoja informativa tiene carácter orientativo. Únicamente será de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en el momento de la presentación de la solicitud.